Frente a esta situación, el caso debe ser gestionado por el Comité de Integridad Académica de ambas facultades, siendo el Comité de la facultad del curso el que defina la medida académica y el Comité de la facultad del estudiante la actividad formativa.
El Comité de la unidad académica del curso debe recibir la notificación del caso y solicitar la carta de reflexión al estudiante. Luego, si lo considera pertinente, podría citarlo a entrevista para la definición de la medida académica.
Al mismo tiempo, el secretario académico de la unidad académica del curso debe contactar al secretario académico de la unidad académica del estudiante, enviando los antecedentes que disponga del caso y la carta de reflexión del estudiante. Si el Comité de la unidad académica del estudiante contara con mayores antecedentes que podrían implicar alguna modificación en la consecuencia académica (registro de faltas anteriores, por ejemplo), podrá comunicarlo al secretario académico del curso dónde se cometió la falta para su evaluación.
El secretario académico de la unidad académica del estudiante podrá citar al estudiante a entrevista para luego definir la actividad formativo y realizar el debido seguimiento del caso.
En estas situaciones, ambos comités deben dejar registro de las etapas del caso respecto a lo que analizó cada cual.