Se espera que cada uno de los miembros del Comité asume las siguientes funciones:

  1. Director/a de pregrado o postgrado:
    • Recibir notificaciones sobre faltas a la Integridad Académica de estudiantes.
    • Notificar al secretario académico los casos de faltas a la Integridad Académica.
    • Recabar y entregar antecedentes sobre el estudiante relativa al caso, al secretario académico.
    • Participar en la entrevista con el estudiantado.
    • Definir en conjunto con el comité de acuerdo con la rúbrica el tipo de falta, nivel de gravedad y consecuencias.
    • Análisis de solicitudes de revisión y apelación.
  2. Secretario/a Académico/a:
    • Convocar al Comité de Integridad Académica cuando un caso sea notificado.
    • Convocar al Comité de Integridad Académica cuando un caso sea notificado.
    • Llevar el registro de casos en la planilla o sistema creado para dicho fin.
    • Participar en la entrevista con el estudiantado.
    • Recaba antecedentes del estudiante atingente al caso.
    • Enviar las comunicaciones oficiales del proceso al estudiante (notificación de falta, solicitud de carta de reflexión, definición de consecuencias, entre otros).
    • Definir en conjunto con el comité de acuerdo con la rúbrica el tipo de falta, nivel de gravedad y consecuencias.
    • Análisis de solicitudes de revisión y apelación.
    • Derivación a Secretaría General de solicitudes de apelación.
  3. Representante de Asuntos Estudiantiles:
    • Recabar y entregar antecedentes sobre el estudiante relativa al caso, al secretario académico.
    • Participar en la entrevista con el estudiantado producto de este protocolo.
    • Definir en conjunto con el comité de acuerdo con la rúbrica el tipo de falta, nivel de gravedad y consecuencias.
    • Análisis de solicitudes de revisión y apelación.
    • Hacer seguimiento al estudiante respecto al cumplimiento de la actividad formativa.