Se espera que cada uno de los miembros del Comité asume las siguientes funciones:
Director/a de pregrado o postgrado:
Recibir notificaciones sobre faltas a la Integridad Académica de estudiantes.
Notificar al secretario académico los casos de faltas a la Integridad Académica.
Recabar y entregar antecedentes sobre el estudiante relativa al caso, al secretario académico.
Participar en la entrevista con el estudiantado.
Definir en conjunto con el comité de acuerdo con la rúbrica el tipo de falta, nivel de gravedad y consecuencias.
Análisis de solicitudes de revisión y apelación.
Secretario/a Académico/a:
Convocar al Comité de Integridad Académica cuando un caso sea notificado.
Convocar al Comité de Integridad Académica cuando un caso sea notificado.
Llevar el registro de casos en la planilla o sistema creado para dicho fin.
Participar en la entrevista con el estudiantado.
Recaba antecedentes del estudiante atingente al caso.
Enviar las comunicaciones oficiales del proceso al estudiante (notificación de falta, solicitud de carta de reflexión, definición de consecuencias, entre otros).
Definir en conjunto con el comité de acuerdo con la rúbrica el tipo de falta, nivel de gravedad y consecuencias.
Análisis de solicitudes de revisión y apelación.
Derivación a Secretaría General de solicitudes de apelación.
Representante de Asuntos Estudiantiles:
Recabar y entregar antecedentes sobre el estudiante relativa al caso, al secretario académico.
Participar en la entrevista con el estudiantado producto de este protocolo.
Definir en conjunto con el comité de acuerdo con la rúbrica el tipo de falta, nivel de gravedad y consecuencias.
Análisis de solicitudes de revisión y apelación.
Hacer seguimiento al estudiante respecto al cumplimiento de la actividad formativa.